¿Donas a alguna entidad sin ánimo de lucro?
Pues tu generosidad tiene premio.
Y más ahora que nos adentramos en la periodo de presentar las obligaciones tributarias a Hacienda.
Te explicamos cómo gestionar tus donaciones y cuáles son las deducciones fiscales en las declaraciones del Impuesto de Sociedades y del IRPF.
Índice de contenidos
¿Cómo gestionar tus donaciones ante Hacienda?
En una donación participan dos partes: el donante y el beneficiario. Y, tanto como si donas como si recibes la donación, debes contabilizarla.
Eso sí, para poder hacerlo, debes tener en cuenta que hay dos tipos de donaciones:
- Si la donación incrementa el patrimonio del beneficiario, se contabiliza como patrimonio.
- Si la donación tiene como objetivo apoyar una causa, se contabiliza como un ingreso en una cuenta.
Nosotros vamos a centrarnos en las donaciones realizadas a ONGs, fundaciones o asociaciones sin ánimo de lucro que, según la Ley 49/202 de Incentivos Fiscales al Mecenazgo, los donantes pueden desgravarse ante Hacienda.
¿Cómo se contabilizan?
Según el Reglamento para la Prevención y Blanqueo de Capitales, la entidad beneficiaria está obligada a identificar y comprobar los datos de todas las personas que hagan una donación de un importe igual o superior a 100 euros.
Por lo tanto, a la hora de contabilizar las donaciones, deberás tener en cuenta:
Si eres el donante: El certificado fiscal
Cada una de las entidades a la que dones, te enviará un certificado en el que detallará la cantidad de tu aportación, la fecha y la finalidad de dicha donación.
Así, en el caso de que hubiera un error, puedes presentar este documento para demostrar que sí que has realizado esa donación.
Si eres el beneficiario: El Modelo 182
Como entidad beneficiaria, y para poder desgravarte las donaciones, deberás informar sobre los datos de tus donantes. Para ello, tendrás que presentar ante Hacienda el Modelo 182 (Declaración Informativa. Donativos, donaciones y aportaciones recibidas) entre el 1 y el 31 de enero del año posterior al que haga referencia.
Puedes consultar toda la información sobre el Modelo 182 en la página web de la Agencia Tributaria.
¿Cuáles son las deducciones fiscales por tus donaciones?
Te hemos comentado que, si has realizado alguna donación a una entidad sin ánimo de lucro, tu generosidad tiene premio. Pero, ¿de cuánto estamos hablando?
IS (Impuesto de Sociedades)
En la declaración del Impuesto de Sociedades, puedes deducirte un 35% de la cuota íntegra de la donación. Además, la deducción puede ser del 40% si realizas más de una donación al año a la misma entidad y de importes iguales o superiores a la anterior.
IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
En la Declaración de la Renta como personas físicas, la deducción es del 75% hasta los 150 euros donados y, en cantidades superiores, podrás deducirte un 30%. E, incluso, un 35% si durante los dos años anteriores ya has realizado una donación a la misma entidad con un importe igual o superior a la primera.
Recuerda que, la mayoría de los impuestos, se presentan con fecha límite el día 20. Pero, si quieres domiciliarlos, ¡el plazo se acaba el día 15!
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